Analizando el vuelo

Consultando ENAIRE y MITECO y aplicando el conjunto de reglas vigente…

NORMATIVA RD 517/2024 EN VIGOR

Calculadora de permisos para vuelos con drones

Marca el área del vuelo, la altura y cuándo vas a volar. Aplicamos el mismo motor de reglas que usa el panel de operaciones de SSUAV, con la norma citada en cada requisito y lo que no se ha podido comprobar dicho con claridad.

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Zona del vuelo
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Vuelo y aeronave
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Requisitos
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Marca dónde vas a volar

Toca el mapa para fijar el punto de despegue y da un radio, o dibuja el área completa del vuelo. Con solo un punto, cualquier zona que el vuelo atraviese fuera de él quedaría sin comprobar.

Sin área dibujada: se usará el punto con su radio.
Alrededor del punto. No cuenta si dibujas el área.
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Cuándo, cómo y con qué vas a volar

Nada tiene valor por defecto: lo que dejes en «No lo sé» se queda sin comprobar en vez de suponerse.

Sin hora se considera el día entero.
Sobre el terreno que sobrevuelas (AGL) no es lo mismo que sobre el punto de despegue: con relieve, 120 m sobre el despegue pueden ser 200 m sobre el valle. Si no lo tienes claro, elige «desde el despegue» y la comprobación de alturas quedará pendiente en vez de darse por buena.
La clase que figura es la del modelo. La que decide es la que lleva tu unidad: si hace falta, te la preguntamos en el resultado.
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Requisitos de tu vuelo

Debajo tienes cómo funciona la calculadora y la normativa actual (RD 517/2024)

Manual de Uso y Normativa RD 517/2024

Todo lo que debes saber para utilizar nuestra calculadora de permisos y comprender las Zonas Geográficas de UAS en España (publicadas en el AIP de ENAIRE).

¿Cómo funciona la Calculadora de Permisos SSUAV?

La calculadora no decide nada por su cuenta: aplica el mismo motor de reglas que usa el panel de operaciones de SSUAV, con un conjunto de reglas versionado en el que cada requisito cita el artículo en que se basa. Así, el mismo vuelo recibe la misma respuesta aquí y en el panel.

El análisis tiene cuatro partes:

  • El área, no solo el punto: consultamos el área del vuelo (el punto con su radio o el polígono que dibujes) contra las Zonas Geográficas de UAS oficiales de ENAIRE —urbanas, aeronáuticas e infraestructuras— y contra la Red Natura 2000 de MITECO.
  • Altura y horario de cada zona: una zona solo afecta si el vuelo entra en ella a la vez en planta, en altura y en su horario de actividad. Por eso importan la altura, su referencia y la ventana del vuelo.
  • Reglas con fuente citada: con esos hechos, tu aeronave y lo que declares, el motor evalúa los requisitos del Reglamento (UE) 2019/947 y del RD 517/2024 y enlaza la norma de cada uno.
  • Lo que no se puede comprobar, se dice: si una fuente no responde, no cubre un caso o la consulta no vale todavía para la fecha del vuelo, el requisito queda sin comprobar y te decimos dónde mirarlo. Nunca se convierte en «no aplica».

🔔 Seguro RC: no es obligatorio en todos los casos. El RD 517/2024 exceptúa determinadas operaciones en categoría abierta A1 y A3 con UAS de menos de 20 kg; sí se exige, entre otros supuestos, en A2, categoría específica o certificada y para UAS de 20 kg o más. Comprueba siempre tu operación en la información vigente de AESA.

Zonas Geográficas de UAS (ZGU) y Limitaciones Oficiales

El territorio español está dividido en Zonas Geográficas de UAS (Insignia ENAIRE). Dependiendo de dónde vueles, las obligaciones cambian radicalmente:

  • Vuelo en Ciudad y Pueblos: Restringido para garantizar la seguridad en tierra. Requiere comunicación previa al Ministerio del Interior (MIR) con al menos cinco días naturales de antelación. Es el marcado de clase del dron, y no su peso, lo que determina la subcategoría en la que puedes volar: un C1 habilita A2 con formación A1/A3, y un C2 exige el certificado A2. Desde el 01/01/2024 el peso por sí solo únicamente habilita A1 en aparatos sin marcado de clase por debajo de 250 g.
  • Zonas CTR, ZIF y Proximidad a Aeródromos (8 Km): Protegen el tráfico aéreo tripulado. Volar en el radio de acción de un aeropuerto requiere la elaboración de un Estudio Aeronáutico de Seguridad (EARO/EAS) coordinado a través de ENAIRE Planea y comunicación activa por emisora aeronáutica (título de Radiofonista). Si el mapa oficial de ENAIRE muestra tu zona en amarillo, estás exento de coordinar si mantienes una altura máxima de 60 metros AGL.
  • Zonas ZEPA y Parques Nacionales: Protegen la avifauna. Requieren un permiso especial del Ministerio para la Transición Ecológica o la comunidad autónoma correspondiente.

Procedimientos de referencia

Desglose de los trámites que pueden aparecer si vuelas en ZGU restringidas.

Aviso al Ministerio del Interior (Vuelo Urbano)

Si el sistema detecta que vuelas en un pueblo o ciudad en Categoría Abierta (A1 o A2), la ley te obliga a notificar a las autoridades competentes a través del portal de la Secretaría de Estado de Seguridad.

⏱️ Plazo Legal Al menos cinco días naturales antes del vuelo.
🔑 Requisitos Certificado Digital, número de Operador AESA y Seguro RC.
✅ Resolución Es un trámite de "comunicación", no requiere aprobación explícita.

Coordinación de EARO con ENAIRE (Zonas CTR / ZIF)

Volar en el entorno de protección de un aeropuerto (hasta 8km de distancia). Este trámite es altamente estricto y se gestiona en la plataforma practica ENAIRE Planea.

1. Fase Estratégica (EVAS) Envío del EAS (Estudio Aeronáutico de Seguridad) detallando mitigaciones de riesgo.
2. Fase Pre-táctica (COP) Envío de la solicitud operativa con polígonos exactos, fecha y hora.
3. Fase Táctica (ATC) El día del vuelo: contacto obligatorio vía emisora VHF o teléfono con la Torre de Control.

Preguntas Frecuentes (FAQs)

Resolución rápida de dudas legales comunes para pilotos de drones en España.

¿Puedo volar mi dron sobre casas en España?

Sí, la normativa europea y el nuevo RD 517/2024 permiten sobrevolar entornos urbanos sin autorización de AESA bajo ciertas condiciones:

1. Si tu dron es Clase C0 o pesa menos de 250g, puedes volar en categoría A1.
2. Si tu dron lleva marcado de clase C2, puedes volar en categoría A2 con el certificado de competencia A2, manteniendo 30 metros de distancia de personas no involucradas.

En entornos urbanos pueden existir requisitos adicionales según la zona geográfica, el UAS y el tipo de operación. Consulta ENAIRE Drones y las guías oficiales antes de volar; la calculadora no sustituye esa comprobación.

¿Qué es la limitación de 60 metros o de los 8 kilómetros?

Para proteger la aviación tripulada, ENAIRE establece zonas de seguridad alrededor de los aeropuertos y aeródromos. Si estás a menos de 8 kilómetros del Punto de Referencia de un Aeródromo (ARP), por lo general no podrás volar a más de 60 metros de altura sin realizar una coordinación previa (EAS/EARO). Puedes comprobar el mapa oficial en ENAIRE Drones.

¿Cuáles son las multas por volar sin permiso?

El incumplimiento de las obligaciones aplicables puede dar lugar a sanciones administrativas y responsabilidades por daños. La calificación y cuantía dependen de los hechos, el riesgo y la normativa aplicable; consulta AESA o asesoramiento especializado para un caso concreto.

La Sección 3ª del Capítulo VI (arts. 53-58, Registro de aeronaves no tripuladas) fue anulada por sentencia del Tribunal Supremo de 19 de junio de 2025. Ver sentencia

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