¿Cómo funciona la Calculadora de Permisos SSUAV?
La calculadora no decide nada por su cuenta: aplica el mismo motor de reglas que usa el panel de operaciones de SSUAV, con un conjunto de reglas versionado en el que cada requisito cita el artículo en que se basa. Así, el mismo vuelo recibe la misma respuesta aquí y en el panel.
El análisis tiene cuatro partes:
- El área, no solo el punto: consultamos el área del vuelo (el punto con su radio o el polígono que dibujes) contra las Zonas Geográficas de UAS oficiales de ENAIRE —urbanas, aeronáuticas e infraestructuras— y contra la Red Natura 2000 de MITECO.
- Altura y horario de cada zona: una zona solo afecta si el vuelo entra en ella a la vez en planta, en altura y en su horario de actividad. Por eso importan la altura, su referencia y la ventana del vuelo.
- Reglas con fuente citada: con esos hechos, tu aeronave y lo que declares, el motor evalúa los requisitos del Reglamento (UE) 2019/947 y del RD 517/2024 y enlaza la norma de cada uno.
- Lo que no se puede comprobar, se dice: si una fuente no responde, no cubre un caso o la consulta no vale todavía para la fecha del vuelo, el requisito queda sin comprobar y te decimos dónde mirarlo. Nunca se convierte en «no aplica».
🔔 Seguro RC: no es obligatorio en todos los casos. El RD 517/2024 exceptúa determinadas operaciones en categoría abierta A1 y A3 con UAS de menos de 20 kg; sí se exige, entre otros supuestos, en A2, categoría específica o certificada y para UAS de 20 kg o más. Comprueba siempre tu operación en la información vigente de AESA.
Zonas Geográficas de UAS (ZGU) y Limitaciones Oficiales
El territorio español está dividido en Zonas Geográficas de UAS (Insignia ENAIRE). Dependiendo de dónde vueles, las obligaciones cambian radicalmente:
- Vuelo en Ciudad y Pueblos: Restringido para garantizar la seguridad en tierra. Requiere comunicación previa al Ministerio del Interior (MIR) con al menos cinco días naturales de antelación. Es el marcado de clase del dron, y no su peso, lo que determina la subcategoría en la que puedes volar: un C1 habilita A2 con formación A1/A3, y un C2 exige el certificado A2. Desde el 01/01/2024 el peso por sí solo únicamente habilita A1 en aparatos sin marcado de clase por debajo de 250 g.
- Zonas CTR, ZIF y Proximidad a Aeródromos (8 Km): Protegen el tráfico aéreo tripulado. Volar en el radio de acción de un aeropuerto requiere la elaboración de un Estudio Aeronáutico de Seguridad (EARO/EAS) coordinado a través de ENAIRE Planea y comunicación activa por emisora aeronáutica (título de Radiofonista). Si el mapa oficial de ENAIRE muestra tu zona en amarillo, estás exento de coordinar si mantienes una altura máxima de 60 metros AGL.
- Zonas ZEPA y Parques Nacionales: Protegen la avifauna. Requieren un permiso especial del Ministerio para la Transición Ecológica o la comunidad autónoma correspondiente.